viernes, abril 01, 2011

CONFLICTOS EN LA SOCIEDAD CIVIL (I)

CONFLICTOS EN LA SOCIEDAD CIVIL(I)
01-04-2011.
Martha Beatriz Roque Cabello
Ex Prisionera de Conciencia de la Causa de los 75
(www.miscelaneasdecuba.net).- Caso: Ariel Lázaro Fernández González.

El recluso Ariel Lázaro Fernández González, vecino de Calle Sexta no.
56, apto. 2 entre Séptima y Novena, en San Matías, municipio de San
Miguel del Padrón, La Habana, cumple una condena de 6 años de privación
de libertad por el delito de Malversación, en la causa 613-07.

Ariel Lázaro alega que el delito reconocido por él, es de Apropiación
Indebida, al que le correspondería una pena muy inferior, además de que
hubo irregularidades al determinar el monto y alcance de las
afectaciones que realizó a la Empresa de Seguridad y Protección de la
Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana, debido a
informaciones interesadas del director económico Rafael Dimas Alemán
Rodríguez, que fue expulsado recientemente de esa institución por robo y
descontrol, pero sin ser sometido a los tribunales.

Ariel impuso Recurso de Casación oportunamente, fundamentó una Revisión
de Causa y ha dirigido dos cartas al presidente Raúl Castro, la segunda
de las cuales la presentó el lunes 28 de marzo de 2011.
Como la sentencia fue ratificada sin tener en cuenta los argumentos
expuestos, dirigió una carta al Ministerio de Justicia; y el 3 de
septiembre de 2010 el viceministro primero de ese organismo Urbano José
Pedraza Linares, le dirigió a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Popular la Promoción del Proceso de Revisión, que expresaba como
conclusión fundamental:

"El haber calificado los hechos erróneamente como un delito de
Malversación, tuvo trascendencia importante al fallo dictado, pues el
marco sancionador de la figura básica de este delito es muy superior al
previsto para la Apropiación Indebida cuyo límite superior, en el
improbable caso en que se empleara el adecuar la sanción concretamente,
no impide el uso de alguna subsidiaria de la privación de libertad". En
conclusión demandó en su escrito que se anulara la sentencia por ese
medio impugnada y que se dictara una nueva "por el delito en que
realmente incurrió Ariel Lázaro Fernández González".

El nuevo juicio se celebró el 28 de enero de 2011 (expediente 98 de
2010) sin la presencia del acusado, ni su abogada, los cuales no fueron
citados. Incluso no participó la abogada de oficio nombrada, ni el
Fiscal, con la presencia exclusiva de los 5 jueces; en el cual se
ratificó la sanción inicial, sin tener en cuenta las recomendaciones del
viceministro primero del Ministerio de Justicia.

Ariel Lázaro designó como testigos a su favor a Víctor Borrego Danfiel,
jefe de almacén de la Empresa y el funcionario Lázaro Álvarez Mesa, que
nunca fueron citados al juicio ni a las posteriores apelaciones, los
cuales se mantienen dispuestos a declarar.
La carta de Ariel Lázaro al presidente Raúl Castro, de 3 de mayo de
2011, abunda en estos y otros elementos.
Marzo 28 de 2011.

Tag: Represión

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=31809

No hay comentarios.: