jueves, enero 21, 2010

Legislación especial

Legislación especial
Odelín Alfonso Torna

LA HABANA, Cuba, enero (www.cubanet.org) - Este fenómeno de la
distribución clandestina de programas satelitales o informaciones
bajadas de Internet en los barrios capitalinos, es tan cotidiano como
otros materiales que escapan de los archivos del Ministerio del
Interior, la Policía Nacional Revolucionaria o de los concejos de
Defensa municipales.

Dada la fiebre de soportes digitales transportables, dígase memorias
flash, teléfonos celulares, reproductores Ipod o MP3, el gobierno pierde
el control de lo que hasta cierto punto puede considerarse información
clasificada.

No sólo la proliferación de nuevas tecnologías de la información en la
isla (soportes al servicio de esa enorme bitácora clandestina que a
golpe de escritura se abre para los cubanos), crea este ambiente de
copiar y pegar documentos e información audiovisual filtrada de la red.
De alguna manera, consientes o no de sus actos, los empleados del
régimen violan los requisitos de seguridad y crean un atajo hacia
ciertas y determinadas carpetas confidenciales.

Sobre lo que puede aparecer en cualquier ordenador, pudiera enumerar
algunas investigaciones criminales realizadas por el Departamento
Técnico de Investigaciones (DTI). Casos como La Jarreta (mayo 1981),
Maniquí (abril 1994), Cárdenas (mayo 2001) o Goldfish (febrero 2005).
También la reconstrucción de los hechos sobre el "Caso Fascista",
conocido intento de secuestro a mano armada de una aeronave cubana,
protagonizado por los reclutas Leandro Cerezo Sirut y Yoan Torres
Martínez, el 2 de mayo de 2007.

Sumen a la información clandestina, controversiales cartas de artistas e
intelectuales, la blogosfera en CD y las cada vez más abiertas
entrevistas de Oscar Haza y Maria Elvira Salazar en sus respectivos
programas de los canales América TV y La Mega.

Hay algo que nadie esperaba ver: la Legislación especial para
situaciones excepcionales (invasión enemiga o revuelta popular). Ya que
estamos cerca de un episodio represivo de grandes magnitudes y la letra
del año anuncia golpe de Estado, la comunidad internacional debe saber a
qué se exponen los reclusos cubanos, los pendientes de sentencia y la
disidencia interna en general. Voy a reseñar algunos de los puntos de
este documento.

De declararse el estado de emergencia durante el período inicial de la
crisis, el teniente coronel Adolfo Sánchez, jefe del grupo jurídico del
municipio capitalino Cotorro, señala:

"La Fiscalía y el Tribunal Municipal, así como las dependencias de la
Dirección de Justicia, continúan realizando las actividades de tiempo de
paz. Excepto en el caso de que se declare dicha situación excepcional,
se activarán los tribunales y la fiscalías de sector, y se aplicará la
legislación especial, bajo el principio de jurisdicción militar única".

Es decir, de declararse la movilización general, "se agilizará la
tramitación de los procesos penales y asuntos de cualquier otra
naturaleza que se ventilan; y excepcionalmente, y de manera sumaria, se
tramitarán aquellos que dadas las características y particularidades,
requieran de una decisión judicial inmediata e impostergable".

Sobra decir que los llamados de "otra naturaleza", además de clasificar
los casos de alta peligrosidad pre delictiva, por norma también
comprenden los disidentes y opositores al régimen. Tampoco dudemos que
en situaciones excepcionales, los tribunales militares "en virtud de los
hechos punibles e índices de peligrosidad", reconsideren los pendientes
a juicio, inclusive procedan a conmutar procesos o excarcelar como parte
del reclutamiento en tiempo de guerra.

Así, sin querer, entran en nuestros ordenadores los chismes
clasificados. Ni siquiera me permiten poner un pie en casa de los
concejales comunistas de circunscripción y ya conozco mi sentencia para
"tiempo de guerra". ¡Enhorabuena!

odelinalfonso@yahoo.com

Noticias/Cuba Legislación especial (21 January 2010)
http://www.cubanet.org/CNews/y2010/21_C_2.html

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